A propósito de los artículos 236 y 251 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP)

¿Tiene lógica que no coincidan el plazo de caducidad de la acción de la Administración para la instar expediente de RESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA (15 años, según el artículo 236 de la LOTUP 5/2014 -antes artículo 224 de la LUV 16/2005, que establecía 4 años-), con el plazo de […]