Su banco deberá fijar el sistema de reclamación extrajudicial de las CLÁUSULAS SUELO antes del 21 de febrero

Como quiera que el pasado 21 de diciembre, el Tribunal de Justicia la Unión Europea (UE) determinó de forma clara que no cabe limitar la retroactividad del pago de los intereses indebidamente cobrados por las entidades financieras a los prestatarios (en contra de lo que antes -9 de mayo de 2013- dijo nuestro Tribunal supremo), concluyendo que el momento del cómputo coincidiría con la fecha que fuera suscrita la hipoteca, de forma acelerada se procedió por el gobierno a dictar el RD-Ley 1/2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que entró en vigor el 20 de enero, y cuya finalidad es establecer las medidas procedimentales para facilitar de manera ordenada la devolución de las cantidades indebidamente pagadas por el prestatario a su Banco en aplicación de una clausula suelo indebidamente suscrita.

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